Ord. Municipal Nº 2.249

«Prohibida la tenencia o alojamiento con carácter permanente o temporario de caballos, criadero de cerdos, animales feroces y/o cualquier otro tipo de animal que ocasiones peligro para la salud y/o malestar y/o perjuicios a los vecinos cualquiera sea su número.»

Ord. Municipal de San Miguel de Tucumán nº 2249/95

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