El Concejo Deliberante de la Municipalidad de la ciudad de San Miguel de Tucumán, sanciona con fuerza de
ORDENANZA:
ART. 1°.- Los animales utilizados en los espectáculos públicos circenses o similares, deberán ser evaluados en las condiciones de salud y habitabilidad por el Centro de Adaptación y Reubicación Animal (CEN.A.R.A.) y/o la entidad que en su defecto el Departamento Ejecutivo designe.
ART. 2°.- En caso de considerarse que no se cumple con las condiciones mínimas necesarias conforme lo establecido en el Artículo 1°, no se dará la habilitación correspondiente para la realización del espectáculo.
ART. 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese en el Boletín mUnicipal y archívese.
Sala de Sesiones, 15 de abril de 2005 [e.·. v.·.]
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